A propósito de Díaz Ferrán y el buen gobierno corporativo

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Por Mónica Melle Hernández, Profesora Titular de Economía Financiera, Universidad Complutense, y miembro de ECONOMISTAS FRENTE A LA CRISIS

 Cada vez más voces reclaman la necesidad de abandonar la espiral de los recortes y poner en marcha politicas de estímulo al crecimiento. Es cierto que también se debe mejorar la competitividad y productividad de nuestra economía. El problema es que el Gobierno, siguiendo fielmente los postulados de la patronal empresarial y su ideología neoliberal, ha puesto todo el énfasis en la reforma laboral como forma de tener trabajadores más productivos. A través de ajustes de los salarios a la baja y de retrocesos en derechos laborales. Y nada se dice de la necesaria reforma del gobierno corporativo para mejorar la productividad y competitividad de nuestras empresas y de nuestra economía. La forma en que se gobiernan y dirigen las empresas es igual de relevante, al menos, que la forma en la que trabajan los empleados.

 El bochornoso caso de presunto fraude fiscal, económico y social del ex Presidente de la patronal empresarial de este país, Díaz Ferrán, ha puesto de manifiesto una vez más los fallos del gobierno corporativo. Se originan en los problemas de agencia, entre quienes controlan los recursos financieros invertidos (directivos-agentes) y los aprovechan en beneficio propio, actuando en contra de los intereses de los distintos grupos que participan y contribuyen a la actividad empresarial, entre los que además de los accionistas (propietarios), proveedores (acreedores), clientes, destacan los propios trabajadores (llamados todos ellos grupos de interés o stakeholders).

 Vivimos escandalizados casos como este reciente del directivo empresarial Díaz Ferrán, en los que se producen estas conductas oportunistas del directivo en perjuicio de los demás partícipes de la empresa. Pisos, chalets, coches, dinero… un patrimonio de escándalo, y al mismo tiempo impago a acreedores, a financiadores, a accionistas, y lo que es más grave, a los trabajadores, que además pierden el empleo.

 Y en todo ello juega un papel determinante el gobierno corporativo, con mecanismos internos y externos a las propias empresas, que afrontan el problema de agencia protegiendo a los inversores y trabajadores del riesgo de abuso de los directivos y procurando la sostenibilidad de las empresas.

 En el sistema capitalista actual, los directivos de muchas empresas están demostrando demasiadas veces comportamientos cortoplacistas ineficientes, a veces hasta presuntamente delictivos, como en este reciente caso, con resultados insostenibles para la economía en su conjunto. La búsqueda descarnada de su propio interés, mediante cuantiosas retribuciones, “bonus”, blindajes de contratos y casi obscenos planes de pensiones, va en muchas ocasiones en detrimento de la necesaria reinversión de los beneficios empresariales en la propia empresa para mantener y mejorar su capital tecnológico, su investigación, desarrollo e innovación que permitan incrementar la productividad de tales empresas.

 En España durante el último periodo de crecimiento económico muchos empresarios no apostaron como debieran por la inversión en reposición y modernización de los equipos productivos. Factor determinante para la mejora de la productividad y la competitividad.

 Casos como el de Díaz Ferrán nos muestran que más urgente que la manida reforma laboral destinada a mermar derechos a los trabajadores, es necesaria la reforma en el gobierno corporativo de las empresas. Las actuaciones ineficientes de los directivos no son controladas eficazmente por los fallos de los mecanismos internos de gobierno corporativo, como las juntas de accionistas y los consejos de administración.

 En unos casos, juntas de accionistas, porque ante la ausencia de una cultura generalizada de inversión en activos con riesgo (acciones), son un instrumento ineficaz para que los accionistas puedan controlar conductas oportunistas de los directivos. Bien por la exigencia de un número mínimo de acciones poseídas o representadas para asistir a las Juntas, con la subsiguiente delegación de voto de los accionistas minoritarios en los propios bancos donde depositaban sus acciones. Bien por la sindicación del voto de paquetes significativos de acciones, con objetivos casi nunca coincidentes con los de los accionistas minoritarios. O bien incluso porque en los estatutos de empresas se vulneraba la relación entre el capital poseído y los derechos de voto a ejercitar.

 En los consejos de administración, el hándicap es que suelen estar formados por representantes de los principales grupos de control de las entidades, con intereses que se alejan demasiado de la creación de valor empresarial. En muchas ocasiones además los consejeros tienen escaso grado de conocimientos y experiencia, e ínfimo rigor en apreciar sus incompatibilidades y conflictos de interés. Bien es verdad que la mejora de la eficacia de los Consejos de Administración para que actúen de mecanismo interno de supervisión y control de las posibles actuaciones oportunistas de los directivos empresariales, ha motivado la aparición de sucesivos Códigos de Buen Gobierno (desde 1998 con el primer Código Olivencia, hasta el actual Código Unificado de Buenas Prácticas). Pero el que tales Códigos sean simplemente indicativos, no coercitivos, sugieran recomendaciones, se basen en el principio de “cumplir o explicar” y no se verifique ni supervise su implementación efectiva, han demostrado la insuficiencia de la autorregulación.

 El buen gobierno corporativo es la esencia del sistema de libre empresa, porque garantiza a los inversores y demás participes de la empresa (como los trabajadores) el cumplimiento del objetivo de la creación de valor y la sostenibilidad de las empresas por parte de los equipos directivos. Pero también porque la transparencia y la rendición de cuentas por parte de dichos directivos debe ilustrar las decisiones de todos los grupos de interés presentes en las empresas y permitir evaluar la responsabilidad social de todo proyecto empresarial ante la fiscalidad, el crecimiento económico y el empleo.

 Quizá la responsabilidad social corporativa (RSC) o el llamado gobierno corporativo global pueda darnos respuesta al control de las conductas oportunistas de algunos directivos. La RSC es, además del cumplimiento estricto de las obligaciones legales vigentes, la integración voluntaria en el gobierno y gestión de la empresa, en su estrategia, políticas y procedimientos, de las preocupaciones sociales, laborales, medio ambientales y de respeto a los derechos humanos que surgen de la relación, el diálogo transparente y la participación de los distintos grupos de interés en la empresa, incluidos los trabajadores.

 Una empresa es socialmente responsable cuando responde satisfactoriamente a las expectativas que sobre su funcionamiento tienen sus distintos grupos de interés. La RSC se refiere a cómo las empresas son gobernadas respecto a los intereses de sus trabajadores, sus clientes, proveedores, sus accionistas y su impacto ecológico y social en la sociedad en general, es decir, a una gestión de la empresa que respeta a todos sus grupos de interés y supone un planteamiento de tipo estratégico que debe formar parte de la gestión cotidiana de la toma de decisiones y de las operaciones de toda la organización, creando valor en el largo plazo y contribuyendo significativamente a la obtención de ventajas competitivas duraderas.

 No resulta extraño que en 2009, la Academia Sueca decidiera otorgar el Nóbel de Economía a dos economistas cuyo trabajo se ha centrado en promover la responsabilidad social de las empresas, Elinor Ostrom y Oliver E. Williamson. Ambos defienden que el objetivo de maximizar beneficios está socialmente obsoleto y que las empresas deben integrar objetivos de responsabilidad social en sus estrategias corporativas. Esto significa que deben justificar el fin social de su misma existencia. La RSC es una forma de entender la empresa en la que los objetivos sociales se internalizan como parte de los objetivos corporativos.

Y esta es una tarea urgente para que sea abordada por los directivos empresariales y las normas que regulen el gobierno corporativo de las empresas.

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