La Comisión, el déficit público y la primacía de la política

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Por José Moisés Martín Carretero*, miembro de Economistas Frente a la Crisis

El pasado día 5 de octubre, el Comisario Europeo de finanzas, Piérre Moscovici, adelantó a la opinión pública las conclusiones preliminares de los servicios de la Comisión Europea sobre el proyecto de Presupuestos Generales del Estado de España para el año 2016. Este informe, que debía haberse publicado el día 6 y que ha sido “embargado” por el Colegio de Comisarios, forma parte del proceso de supervisión fiscal reforzada, establecido en el marco del Pacto de Estabilidad y Crecimiento, a través de dos reglamentos conocidos como Two-pack

Bajo este mecanismo de supervisión, diseñado durante los peores momentos de la crisis del euro de 2012, los estados miembros deben enviar antes del 15 de octubre a la Comisión Europea sus proyectos de presupuestos públicos anuales, los cuales son revisados por el equipo de la Comisión, quien emite un documento denominado “documento del staff de la Comisión”, que alimenta las discusiones en el Eurogrupo. Es, finalmente, el Eurogrupo el que emite sus recomendaciones o indicaciones bajo la fórmula de conclusiones. El Two-pack supone una vuelta de tuerca sobre los mecanismos existentes en el marco del Pacto de Estabilidad, ya que obliga a los estados miembros a someter sus proyectos de presupuestos a un examen ex-ante por parte de los servicios de la Comisión. Si se detectan desviaciones graves o persistentes, la Comisión puede emitir un informe que, si es ratificado por el Consejo, puede suponer la modificación de los presupuestos públicos del estado afectado o la imposición de multas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 126 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. 

La determinación de las desviaciones graves o persistentes se establece sobre la base de los límites establecidos en materia de déficit público, y las sendas de consolidación fiscal acordadas. La Comisión establece un objetivo de déficit público a medio plazo, que suele tener una interpretación dual: para los países cuyo déficit público está por encima del 3% del PIB, se establece un Procedimiento de Déficit Excesivo y el objetivo plantea una fecha determinada para la reducción del déficit público por debajo del 3%. En cualquier caso, se plantea la consecución de un déficit público estructural -aquél que no está afectado por la situación del ciclo económico- por debajo del 0,5% del PIB. A partir del establecimiento de estos objetivos, la Comisión establece una senda fiscal en la que cuantifica el “esfuerzo fiscal” necesario para alcanzar las metas en función de la fecha de cumplimiento. Aquellos países que están dentro de los límites establecidos, se encuentran en lo que se denomina el “brazo preventivo“, donde la Comisión supervisa que no se produzcan desviaciones sobre el déficit estructural que puedan llevar a saltarse los límites a medio plazo. Si el país, como es el caso de España, se encuentra fuera de esos límites de déficit total, se sitúa en lo que se denomina el Procedimiento de Déficit Excesivo, y se aplica el conocido como “brazo correctivo”, con mayor nivel de seguimiento y de rigidez. 

saldo estructural

España está, desde el inicio de la crisis económica, bajo el Procedimiento de Déficit Excesivo, tanto en términos totales como en términos estructurales. Desde el inicio del procedimiento, se han establecido plazos de reducción del déficit hasta los límites aceptados que han sido sistemáticamente incumplidos. En 2010, el límite era el 2013. En el ejercicio 2015, la actualización de la planificación fiscal a medio plazo suponía alcanzar el límite del 3% de déficit total, entrando a partir de ese momento en el “brazo preventivo”, centrado en llevar el déficit estructural por debajo del 0,5%.

De acuerdo con los documentos hechos públicos, España no cumplirá sus objetivos de reducción de déficit público para 2015 y 2016, lo cual supone que seguiría en el marco del Procedimiento de Déficit Excesivo y que, de no llevarse a cabo las acciones correctivas necesarias, se podría encontrar con una sanción de hasta el 0,2% de su Producto Interior Bruto. El documento considera además que las previsiones de crecimiento económico del gobierno son excesivamente optimistas, y que no se han tomado en cuenta las recomendaciones elaboradas por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal. 

La noticia, hecha pública a inicios de esta semana y ya adelantada la semana pasada por algunos medios, ha sido matizada tanto por el colegio de Comisarios, que han salido en defensa de España -dejando en mal lugar a su colega Piérre Moscovici- como por parte de algunos miembros destacados del Eurogrupo, como el ministro alemán de finanzas Wolfgang Schäuble. Por su parte, el gobierno de España se ha movido entre el “quitar hierro” del ministro de Economía, señalando que las diferencias no eran tantas- y la sorprendente y poco creíble conversión del ministro de Hacienda al keynesianismo, denunciando la obsesión de la Comisión Europea por el déficit público y apostando por las políticas de crecimiento. 

No es la primera vez que España incumple sus objetivos de déficit público. De hecho ha estado siempre en riesgo de incumplimiento desde el inicio de la crisis. Esta es la razón por la que los plazos para alcanzar el objetivo de un déficit público por debajo del 3% del PIB se han trasladado de un año a otro. Esto no significa que no se haya recortado el gasto. Sí se ha hecho, y en gran medida, esta es la razón por la que no se ha cumplido el objetivo. Es a partir de 2013 que hay evidencias de que un ritmo excesivo de consolidación fiscal -como por ejemplo, pasar de un déficit del 11% del PIB en 2009 a un déficit del 2,8% en 2013- es contraproducente: deprime la economía, hunde los ingresos públicos, y genera más deuda y déficit. La evidencia reciente sobre el carácter “autodestructor” de la consolidación fiscal excesiva es tan amplia que, hoy por hoy, sólo los verdaderos creyentes de la religión de la austeridad podrían sostener lo contrario. Conscientes de esta realidad, la Unión Europea ha permitido cierta “flexibilidad sottovoce”, evitando imponer sanciones no sólo a España, sino a otros países que se han saltado su senda de consolidación fiscal. Sottovoce, porque las reglas siguen sin modificarse, y el discurso oficial sigue siendo el mismo. 

No obstante esta “flexibilidad encubierta”, la retórica y el discurso oficial de la política macroeconómica europea se ha modificado bien poco. Pequeños gestos políticos -alguna que otra declaración- acompañados por algunos giros importantes -como la Expansión Cuantitativa del Banco Central Europeo, o el Plan de Inversiones de Juncker- pero sin ninguna enmienda a la totalidad del sistema. Se permite la flexibilidad siempre y cuando no se quiebre el discurso oficial. 

Lo significativo del caso no es tanto que España se salte -de nuevo- su senda de consolidación fiscal, como tampoco lo es que el personal de la Comisión Europea, aplicando escolásticamente su manual del Pacto de Estabilidad y del Pacto Fiscal, anuncie la posibilidad de sanciones. Lo significativo del caso español es la reacción del Colegio de Comisarios, que han desautorizado al Comisario de Asuntos Económicos y Financieros, la reacción de algunas capitales que han salido en apoyo de España, y la propia reacción del gobierno de España, cuestionando lo que hasta ayer era un mantra dogmático. Estas reacciones, que quieren evitar castigar a un gobierno cuya gestión económica se considera “modélica”, son estrictamente políticas. Sencillamente, conviene no sancionar a un gobierno como el de España en un momento electoral complejo. De nuevo, las reglas fiscales son interpretables políticamente, y si son interpretables políticamente, terminan perdiendo su credibilidad. 

Dos conclusiones: La primera es que deberíamos preguntarnos -de nuevo- qué valor y utilidad tienen unas reglas cuya interpretación no es sólo técnicamente cuestionable, sino que está tan sujeta a las coyunturas políticas. Ya ocurrió en el pasado, cuando Francia y Alemania eludieron -por motivos estrictamente políticos- las sanciones que les hubieran correspondido en aplicación del Pacto de Estabilidad hace ahora algo más de diez años. Si vuelve a ocurrir de manera recurrente, convertiremos el Pacto Fiscal y el Pacto de Estabilidad en papel mojado. Desconfíen los críticos de la austeridad de esta realidad: un tratado que es papel mojado se usará como ley contra el débil o el adversario -Grecia- pero no contra el fuerte -Alemania- y sus adláteres. Lamentablemente ninguna voz tiene hoy la fuerza suficiente, en el ámbito de la Unión Europea, para declarar abiertamente que el rey está desnudo y que la gobernanza económica europea es, en realidad, un desgobierno al albur de los equilibrios de poder en el eurogrupo y el Consejo. 

Esta percepción se acentúa en este caso, ya que todo el revuelo se ha formado porque la Comisión ha aceptado revisar la propuesta de presupuestos de España antes de tiempo, y a destiempo, facilitando de esta manera el ciclo electoral del gobierno y modificando de esta manera los ritmos de toma de decisiones presupuestarias en el seno de la Unión Europea. 

La segunda conclusión, de consumo interno, tiene que ver con la naturaleza de la recuperación de la economía española. Durante esta legislatura, hemos oído hasta la saciedad el discurso de que el doloroso ajuste de hoy traería la prosperidad de mañana, siempre que ese “mañana” comenzara antes de las próximas elecciones generales. España podría haber cumplido con la senda de consolidación fiscal si no se hubieran tomado medidas electoralistas como las bajadas de impuestos -bajar impuestos en un país con un déficit público superior al 5% del PIB- o la reversión parcial y electoralmente calculada de algunas de las medidas que más han afectado a algunos colectivos -paga extra de funcionarios, por ejemplo. Estas medidas, que han contribuido a impulsar artificialmente la economía hasta un crecimiento de más del 3% para el año en curso, son préstamos que el gobierno toma del futuro, y, como tales, han sido una verdadera irresponsabilidad, que sabe todavía peor cuando han sido denunciadas hasta la saciedad desde que se presentaron los presupuestos generales de 2015, por excesivamente optimistas y, también, por suponer una sangrante contradicción con el absurdo discurso de la austeridad que este mismo gobierno ha venido defendiendo hasta esta misma semana. 

Es difícil encontrar un momento de la historia reciente de la Unión Europea donde se abusase de manera tan notoria de la arbitrariedad en la aplicación de las normas y criterios, ajenos a cualquier razonamiento económico o jurídico. En una Unión Europea falta de credibilidad, quizá ha llegado el momento de repensar el proyecto y establecer solamente aquellas normas que, razonablemente, seamos capaces de cumplir y hacer cumplir.

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Esté artículo se publicó originalmente en Agenda Pública y se reproduce aquí con el consentimiento del autor.

About José Moisés Martín Carretero

Economista y consultor internacional. Dirige una firma de consultoría especializada en políticas públicas y desarrollo económico y social. Autor del libro: "España 2030: Gobernar el futuro". Miembro de Economistas Frente a la Crisis

2 Comments

  1. Stuart Medina el octubre 16, 2015 a las 2:33 pm

    No entiendo la frase «España podría haber cumplido con la senda de consolidación fiscal si no se hubieran tomado medidas electoralistas como las bajadas de impuestos -bajar impuestos en un país con un déficit público superior al 5% del PIB…» El escaso crecimiento de la economía española se ha debido a que hemos incurrido ese déficit. España debería estar en un déficit del 8%-10%. El riesgo se deriva de la falta de soberanía monetaria pero esta es la respuesta adecuada. Esto es lo responsable. La UE tiene que abandonar su panoplia de reglas arbitrarias y el BCE tiene que financiar a los gobiernos (acabar con el art. 123 del TFUE. O eso, o nos salimos del euro. Ya está bien de sacrificar el bienestar de la población para beneficio de un proyecto irracional.

  2. Julio Rodriguez López el octubre 16, 2015 a las 6:31 pm

    Buen articulo, en el que destaca la critica a las reglas delaComision europea y el,oportunismo del neokeynesiano Montoro.

    Pagina 2: en el 4º renglon debe de haber un error, «En 2010, el limite era el 2013», no se entiende

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