La revalorización de las pensiones: Un derecho en la UE, una tómbola en España

Share

La revalorización selectiva de pensiones incluida en el proyecto de Presupuestos certifica el fracaso de una de las patas de la reforma ‘sísmica’ impuesta por el PP en 2013. De hecho, puede afirmarse que la actualización anual de las pensiones se ha convertido en una tómbola en el que todos, incluidos los aparentemente premiados, son perdedores. Porque, más allá de la ganancia puntual que puedan experimentar algunos (pensiones mínimas) en un año preelectoral, todos los pensionistas en conjunto se enfrentan a una inquietante incertidumbre por la devaluación del derecho a una revalorización de sus pensiones que garantice el mantenimiento de su poder adquisitivo; precisamente, el principal motivo de su movilización y protesta.

Ante este nuevo escenario que ha de llevarnos a la derogación formal del vigente índice de revalorización anual de las pensiones, conviene hacer dos reflexiones.

I. Todos los países de la UE tienen establecidos mecanismos de revalorización de las pensiones que garantizan, al menos, el mantenimiento del poder adquisitivo de los pensionistas. Con la única excepción de Irlanda que carece de un criterio definido, el resto de Estados miembros se agrupan en tres colectivos.

Los más prudentes en la también denominada indexación de pensiones son los que vinculan la evolución de sus cuantías a los precios: Francia, Italia, Austria, Hungría y Eslovaquia, junto a otros que refuerzan la subida anual con algún indicador adicional como el PIB o similar (Portugal, Bélgica y Grecia). Los más generosos revalorizan sus pensiones conforme al incremento de los salarios lo que, según la OCDE, permite a los pensionistas ganar poder adquisitivo; es el caso de Dinamarca, Países Bajos, Reino Unido, Malta y Lituania, al lado de otros como Suecia y Alemania en los que la referencia salarial se combina con otros criterios que modulan, a la baja, la intensidad de la subida. Entre ambos grupos se sitúan aquellos otros países en los que el criterio de revalorización de las pensiones es una combinación de los dos anteriores, precios y salarios (Finlandia, Estonia, República Checa, Estonia, República Checa, Letonia, Polonia, Eslovenia, Bulgaria, Rumania y Chipre).

II. Visto el panorama europeo, parece evidente que la fórmula de indexación que con tanto énfasis defendió el Presidente del Gobierno hace unos días en sede parlamentaria es una anomalía. Por dos razones. Una, porque desnaturaliza la revalorización de las pensiones al utilizarla como un mecanismo de ajuste presupuestario desvinculado de la evolución de los precios. Y otra, aun más grave, porque condena a los pensionistas españoles a una acelerada pérdida de poder adquisitivo y, por tanto, al empobrecimiento. Hoy sabemos por el Banco de España, FEDEA o AIREF que, durante un largo periodo de tiempo, las pensiones subirían –de mantenerse la aplicación de la fórmula– un pírrico 0,25% cada año frente a la evolución de la inflación que se ha de situar, de media, en el 2%. Gracias por tanto al índice de revalorización, los 930 euros mensuales de pensión media hoy equivaldrían solo a 754 euros dentro de apenas diez años, 34 euros menos que la actual pensión mínima de jubilación con cónyuge a cargo.

En definitiva, este atajo hacia la sostenibilidad financiera del sistema se articula a través de un drástico recorte de la cuantía de las pensiones. Pero con ello sacrifica otras dimensiones de la sostenibilidad que son igualmente imprescindibles: la social, porque genera un riesgo de insuficiencia y pobreza; la jurídica, porque una regulación así tiene difícil encaje en nuestro marco constitucional; y la política, porque el coste electoral del empobrecimiento de nueve millones de pensionistas en un contexto de crecimiento económico es insoportable para cualquier gobierno.

 

*Una versión de este artículo se publicó en El Periódico-Agenda Pública

About Borja Suárez Corujo

Borja Suárez Corujo es doctor en Derecho y licenciado en Ciencias Políticas por la Universidad Autónoma de Madrid en la que desarrolla su actividad docente e investigadora como Profesor Titular de Derecho del Trabajo y Seguridad Social. Es autor de más de un centenar de publicaciones en materia laboral y de Seguridad Social (https://dialnet.unirioja.es/servlet/autor?codigo=81643), entre las que destacan las monografías “El sistema público de pensiones: crisis, reforma y sostenibilidad”, “La protección social en el Estado de las Autonomías”, y “La reforma de los sistemas de pensiones en Europa: los sistemas de pensiones de Países Bajos, Dinamarca, Suecia, Reino Unido, Italia, Francia y Alemania vistos desde España”. @BorjaSuarezC

4 Comments

  1. […] Economistas Frente a la Crisis, esto otro artículo sobre las […]

  2. juan mateu el abril 9, 2018 a las 4:08 pm

    El IPC no revaloriza las pensiones según el coste de la vida, las bajas siguen perdiendo poder adquisitivo ya que su cesta de consumo es más inflacionaria que el IPC oficial y las altas ganan poder adquisitivo ya que su cesta de consumo asociada a esos niveles de renta es menos inflacionaria o deflacionaria. Se genera una brecha mayor de desigualdad de las pensiones. ¿es eso progresista? A mi juicio no.

    A mi lo que no me gustan son esas comparaciones «a medias» con Europa ¿por qué no se comparan pensiones máximas del sistema? ¿tiene sentido que España esté en el podio ahí? Y más aún, ¿tiene sentido que ganen pensiones máximas gente que no ha cotizado por el máximo más que los años que la ley obligaba en cada momento para calcular la base reguladora? ¿y tiene sentido que muchos de los que tienen pensiones altas o máximas lo sean tras prejubilaciones subvencionadas a los 52-55 años incluso en sectores de poco desgaste físico? ¿Todos los trabajadores no son igual de respetables?

    Guste o no lo que ha hecho el gobierno con el aumento de las mínimas y de las viudedades (muy rácanemente esto y sin cumplir la ley de 2011 aún en su totalidad) es reducir la desigualdad general y la desigualdad de género en las pensiones, ya que las pensiones de viudedad son en un 90% percibidas por mujeres y muchas de las pensiones de jubilación bajas también. Será por electoralismo y por la necesidad de hacer algo ante la presión social (afortunadamente no lo han sabido vender bien, parece mediáticamente más una improvisación que no un diseño pro-igualdad) pero la izquierda debería reflexionar en qué consiste «la justicia social» en el tema de las pensiones.

  3. Isidro el abril 10, 2018 a las 5:02 pm

    MIS CONSIDERACIONES:
    (Destaco “en letras mayúsculas las palabras clave”)
    Según el Art.50 de la CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA: “Los poderes públicos GARANTIZARÁN, mediante PENSIONES adecuadas y periódicamente ACTUALIZADAS, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad. Asimismo, y con independencia de las obligaciones familiares, promoverán su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio”.
    Ello significa:
    a) Que nuestra Constitución IMPERATIVAMENTE (“garantizarán”) establece la actualización del conjunto de las pensiones, es decir, su preservación del poder adquisitivo.
    b) De lo cual se infiere que en los Presupuestos Generales del Estado esta partida está prácticamente prefijada por la previsión del número de pensionistas y la previsión de la inflación. Constituye la ÚNICA PARTIDA presupuestaria de evaluación constitucionalmente orientada, debido a la finalidad de preservar “la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad”.
    c) La utilización de la palabra y concepto de “revalorización” (meramente “dar nuevo valor” a algo) constituye una “perversión política del lenguaje” (en la cual parece incurrir contradictoriamente el propio articulista Borja Suárez) para tratar de incumplir (Pacto de Toledo) el precepto constitucional de “actualizar” el conjunto de las pensiones.

    En definitiva:
    Las “PENSIONES de jubilación” SON UN GASTO PÚBLICO que constituye una OBLIGACIÓN PRIMARIA DEL ESTADO, a la que se debe atender tanto con las cotizaciones finalistas de los propios trabajadores al sistema de Seguridad Social como con las ASIGNACIONES NECESARIAS que específicamente se consignen para ello en los PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO.
    Y es bien sabido que, si se eliminasen los enormes gastos públicos duplicados, superfluos, excesivos y los «extracostes públicos en obras y servicios» derivados de la CORRUPCIÓN clientelar del «régimen partitocrático de las Autonomías», el Estado dispondría de recursos fiscales más que suficientes para atender a esta función social -primaria y fundamental- en todo moderno Estado democrático de Derecho.
    Isidro Rivilla Barreno (10 de Abril de 2018)

  4. Gregoriana Katia Fariñas Rivas el febrero 16, 2020 a las 10:43 am

    Hay una dura realidad, que en todo lo q he leído, dolorosamente no se menciona (y salpica a millones de españoles), el trabajo sumergido que millones de españoles, hemos y están, con muchísimos años hemos trabajados sin hacernos contrato, mayoritariamente, empleados(as), de hogar, supuestamente por jornadas dignas? y unos con » mayor suerte,» La Comisión Médica, les dio una Minusvalía y que desgraciadamente, habíamos trabajado con contrato unos 6 años y explotados unos 16 años a merced de personas (sin horarios convenidos y aguantar por necesidad)solicité una casa social y esperé añoas, me hablaron de ayuda de alquiler y ha sido, un calvario, porque, por culpa de los q roban al estado(y lo saben y no les controlan (Los intocables) para poder comer- con menos horas y la inigualable humanidad de amistades MURCIANAS, trabaje, hasta que mi cuerpo no pudo más. En fin, como gracias a Carrefour, tengo una dieta estricta, una amiga me carga el móvil, lo justo 5.00 euros y debo dinero.Le doy gracias a España, mi tierra Madre, en CUBA, estuviera muerta. Pero, me preocupa que no soy la única. Tengo, 70 años y les estoy muy agradecida.Pero mí caso, no es el único.

Leave a Reply Cancel Reply