Avanzan las Ejecuciones Hipotecarias

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Julio Rodriguez Lopez es miembro de Economistas Frente a la Crisis

El saldo vivo de los créditos  morosos  a comprador de vivienda andaba por los 20.800 millones de euros a 30 de junio de 2012. Eso supone una potencial entrada en situación de desahucio de más de 200.000 hogares. Ante la dimensión alcanzada por  las ejecuciones hipotecarias y, sobre todo, ante el alcance social de los desahucios de su vivienda de   prestatarios insolventes,  que no solo pierden la vivienda sino que tambien permanecen endeudados con la entidad de crédito, las medidas implantadas  en 2011  y 2012 apenas han paliado la situación de los deudores hipotecarios. Por una parte, dichas medidas no abordan del todo el desequilibrio existente entre acreedor y deudor. Por otro lado, el denominado “umbral de exclusión” se ha definido de forma restrictiva para poder acogerse al Código de Buenas Prácticas previsto en el RDL 6/2012.

Las futuras líneas de actuación en materia de modificación de la normativa relativa al problema en cuestión deberían de consistir en equilibrar, en principio, la posición del deudor con la del acreedor en aspectos tales como las tasaciones de viviendas, los abusos en los procedimientos de subastas y sobre todo, impedir que el bien se lo adjudique el banco en una cuantía reducida. En segundo lugar, el “umbral de exclusión” del Código citado se debería de ampliar de forma que fuese sustancialmente mayor el número de posibles beneficiarios de las medidas incluidas en el mismo. Es posible que sea esta vía la que va  a emplearse por parte del gobierno, que ha anunciado cambios en el umbral del citado Código, pero que no pretende  establecer cambios normativos  de alcance.

Se debería de modificar la Ley concursal en lo relativo a los hogares, estableciéndose la aplicación de la misma al sobreendeudamiento no doloso de los particulares, extendiendo la protección a todas las deudas, incluidas las ya contraídas. Son  numerosos los hogares que pierden la vivienda y continúan endeudados con los bancos. El reciente suicidio producido en Granada,  inmediatamente anterior a un desahucio,    no es el primero pero si el caso mas llamativo de reacción desesperada ante un problema que va a seguir creciendo. Si en materia laboral la supuesta aproximación de la normativa española a la vigente en Europa ha sido un argumento potente, no se entiende porque en materia de la norma correspondiente al sobreendeudamiento no se produce un proceso equivalente de aproximación a Europa.

En esta línea se mueve la Proposición de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso de los Diputados, texto que debería merecer la atención del gobierno y que supone sobre todo una aproximación a lo que es la práctica mas frecuente en Europa Occidental. La dación en pago es preferible a la situación ahora dominante en España, pero no deja de ser una solución traumática para los insolventes  de buena fe, puesto que pierden la vivienda  en un país con una presencia poco abundante de las viviendas de alquiler. Una colaboración a la solución por parte de los bancos controlados por el gobierno y tambien por aquellas entidades de crédito  que van a recibir apoyos del Frob debe ser otra parte de la solución.  Carece de sentido que el Estado español, a través de los  bancos bajo su control,  continúe practicando activamente desahucios de los hogares insolventes  antes citados.

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