El Estatus que nos está sacando del mercado

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El pasado 9 de junio el Eurogrupo, la reunión de ministros de economía y finanzas de los países cuya moneda es el Euro, anunció que aceptaría la solicitud de España para la recapitalización de su sistema financiero a través de un préstamo al Estado exclusivamente para que éste concediese préstamos a las entidades que así lo solicitasen. La reacción de los mercados ha sido muy negativa, con incrementos en la rentabilidad de la deuda española que han empeorado la percepción del riesgo país, con la prima en máximos desde la creación del euro, como explicamos aquí.

Son varios los motivos que explican el fracaso del anuncio de recapitalización financiera y el rechazo de los mercados pero, entre otros, como la incertidumbre en torno al crecimiento y por tanto a la capacidad de repago de la deuda emitida, a los detalles del acuerdo que deberá desarrollarse o a la inanidad de las autoridades europeas y el inmovilismo alemán, cabe destacar la percepción del riesgo asociado a la tenencia de deuda española una vez España haya recibido el crédito para la recapitalización del sistema financiero. 

Uno de los principales motivos que explican el empeoramiento del acceso al mercado de la deuda soberana española es el estatus de acreedor preferente del que goza el Mecanismo Europeo de Estabilidad (ESM, por sus siglas en inglés).

El Tratado por el que se establece el ESM, en su considerando 13, dice explícitamente que “Como el FMI, el ESM proporcionará apoyo a la estabilidad a un estado miembro del ESM que no pueda acceder o corra el riesgo de no poder acceder con normalidad a la financiación en el mercado. Por esta razón, los Jefes de Estado o de Gobierno han declarado que los préstamos del ESM gozarán de la condición de acreedor preferente de modo análogo a los del FMI, aceptando no obstante que la condición del FMI prevalezca sobre la del MEDE. Este estatus será efectivo a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Tratado. En el caso de que la asistencia financiera del MEDE adopte la forma de préstamos de este mecanismo a continuación de un programa europeo de asistencia financiera existente en el momento de la firma del presente Tratado, el MEDE gozará de la misma preferencia que la de todos los demás préstamos y obligaciones del miembro del MEDE beneficiario, con excepción de los préstamos del FMI.”

Ante una situación posible, aunque improbable, de que España no pueda hacer frente a sus compromisos financieros, los derechos de los tenedores privados de la deuda pública española estarían subordinados a los derechos de recobro del FMI (en el caso de que finalmente participase en un rescate más amplio) y del ESM, por lo que el riesgo asociado a la deuda pública española aumenta.

A diferencia del ESM, el instrumento temporal, el Fondo Europeo de Estabilidad Financiera (EFSF, por sus siglas en inglés) no tiene estatus de acreedor preferente, al menos no lo tiene de manera explícita y por tanto la deuda proveniente del EFSF es pari passu con el resto de acreedores. No obstante hay que descascar que la percepción del mercado es que en última instancia el EFSF tendrá preferencia en el recobro de la deuda, por lo que se habla de la seniority percibida por el mercado. Esta percepción está sin duda motivada por el caso griego, en el que la quita efectuada a la deuda soberana griega no afectó a los acreedores institucionales como el FMI y el EFSF. El carácter temporal del EFSF y la incertidumbre asociada a cómo se transferirían los préstamos otorgados por el EFSF una vez éste sea sustituido por el mecanismo permanente, ESM, tampoco contribuyen a aclarar a los mercados.

Este carácter de estatus de acreedor preferente , ya sea explícito o percibido, de los fondos de rescate europeos, estaría detrás del principal problema al que se enfrenta el rescate financiero a España, la imposibilidad de desvincular la deuda privada de los bancos de la deuda soberana, iniciándose así un círculo vicioso que sólo se podría romper a través de la eliminación del estatus de acreedor preferente y de la recapitalización directa del sistema financiero español sin necesidad de pasar por el Estado (como explicamos aquí).

De estas consideraciones, que implicarían modificaciones del Tratado del ESM, depende en buena medida que España no tenga que solicitar un rescate completo, lo que implicaría una condicionalidad macroeconómica estricta (como explicamos aquí) y pondría en serios apuros a Italia y con ella al proyecto del Euro.

Esperemos que Alemania, el BCE y la Comisión reaccionen a tiempo.

Economistas Frente a la Crisis

Twitter: @MadridEco

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